Son quienes expresan una obra en forma artística. Esto incluye a músicos y cantantes, entre otros.
Tienen derechos exclusivos sobre el uso de sus interpretaciones: pueden autorizar su grabación, reproducción, comunicación y puesta a disposición del público.
Estos derechos les permiten controlar el uso de su trabajo y recibir una remuneración.
Es una entidad que representa a titulares de derechos, como intérpretes, autores y productores, y administra sus derechos en virtud de un acuerdo.
Su función principal es recaudar y distribuir en nombre de sus afiliados, facilitando la gestión de derechos relacionados con la ejecución pública, reproducción y comunicación al público de sus obras o interpretaciones.
SUDEI es la Sociedad Uruguaya de Artistas Intérpretes, fundada el 19 de mayo de 1951. Es una Sociedad de Gestión Colectiva que representa a los artistas intérpretes y ejecutantes de Uruguay.
Su función principal es recaudar y distribuir los ingresos generados por la difusión pública de las interpretaciones de sus afiliados, de acuerdo con lo establecido por la Ley N.º 9.739 y su modificatoria, la Ley N.º 17.616 de enero de 2003.
Sí. En Uruguay es posible afiliarse a más de una sociedad de gestión colectiva, siempre que cada una tenga la facultad legal para administrar distintos tipos de derechos y se respeten los acuerdos internacionales y la normativa nacional.
Muchos artistas son al mismo tiempo intérpretes, autores o productores, por lo que pueden ser socios de SUDEI, AGADU y CUD, según los derechos que deseen gestionar.
SUDEI recauda dos tipos de derechos:
No, SUDEI no recauda por conciertos ni espectáculos en vivo, ya que la ley exige que las obras estén fijadas en un soporte, como un audio o video.
Sin embargo, si en un espectáculo se utiliza un fonograma editado comercialmente, SUDEI gestionará la licencia correspondiente con el promotor o el lugar del evento para garantizar el pago por la comunicación pública.
Para asociarse, es necesario completar un formulario de inscripción firmado por dos socios activos, acreditar la condición de intérprete y adjuntar un currículum artístico.
Además, se deben entregar dos fotos tipo carnet y realizar un pago único de dos Unidades Reajustables (UR) por gastos de ingreso.
Para que una obra genere pago por derechos conexos de intérprete a través de SUDEI, deben cumplirse tres condiciones: que la obra esté registrada, que sea difundida por un usuario de repertorio y que ese usuario haya abonado por su uso.
Las liquidaciones y pagos se realizan a semestre vencido.
No, SUDEI no paga derechos por actuaciones en vivo.
Además, actualmente SUDEI no realiza pagos por el uso de música en plataformas de streaming.